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La regulación fiscal y cambiaria de las inversiones extranjeras en Colombia


Colombia ha sido uno de los países en Latinoamérica en ofrecer buenas oportunidades a la inversión extranjera en diferentes sectores de la economía durante los últimos años. Dentro de las razones para este fenómeno, se destacan las siguientes: (i) una variedad ilimitada de recursos naturales, (ii) múltiples acuerdos bilaterales con otros países con el objetivo de promocionar y proteger las inversiones, (iii) estabilidad política y económica, (iv) restricciones limitadas para la autorización de inversión extranjera, y (v) cumplimiento de las responsabilidades financieras internacionales. De acuerdo con la publicación de Oxford Economics “Colombia Economic Forecast”, se habla de una proyección económica positiva para Colombia para el año 2018 con un crecimiento del PIB que supera la expectativa y alcanzará el 2.7%. Adicionalmente, se estima que para el año 2019 suba a un 3.3%. Por otro lado, la inflación registrada para agosto del presente año fue de 3.2%, y se espera que al finalizar el año 2018 y para el año 2019 la inflación se nivele en valores cercanos al 3.3%. Un hecho claro es que la inversión extranjera en Colombia estuvo estancada durante el periodo de elecciones presidenciales, generando incertidumbre, retraso en las decisiones de inversión y expectativa sobre la situación del país; este fenómeno se vio reflejado en las cifras que reporta el Banco de la Republica[1]. En dichas cifras, se destaca que la inversión extranjera directa en Colombia, para el primer trimestre del año fue de US$2133 millones cayendo en US$367 millones, lo que significa una disminución del 14.68% respecto al año anterior. Con posterioridad a la elección del actual mandatario Iván Duque, se ha podido constatar que la economía recobró su dinamismo. Se recuperaron parcialmente los precios del carbón y del petróleo y, volvió a surgir la inversión en el sector extractivo en Colombia. Se ha visto la necesidad de invertir en el agro en maquinaria nueva y tecnológica para las diferentes plantaciones. Así mismo se ve en aumento la inversión en plataformas virtuales con el objetivo de acercar la oferta de bienes y servicios a la necesidad de las personas, y por último y entre muchos otros sectores de la economía, el sector de energías renovables empezó a consolidarse. Se espera que con la nueva reforma tributaria planeada para el año 2019 se recorten los impuestos para las personas jurídicas, se creen nuevos beneficios fiscales para los diferentes sectores de la economía y se establezcan nuevos incentivos para la inversión extranjera en Colombia.

Teniendo en cuenta el panorama económico del país, resulta conveniente abordar algunos aspectos del régimen legal de la inversión extranjera en Colombia y sus implicaciones tributarias. Para efectos del presente artículo, se hará referencia a dos tipos de inversión extranjera: [2] a) La inversión directa, que consiste en la inversión que una persona jurídica o natural no residente realiza desde el exterior con la intención de desarrollar una actividad en el país o conformar y participar en una empresa ya existente. Dicha inversión se puede realizar mediante la compra de tres tipos de activos distintos: acciones, bonos o derivados. Cabe destacar que un elemento que caracteriza a este tipo de inversión es la intención de permanencia del inversionista extranjero; y,[3] b) la inversión indirecta o pasiva, que es aquella que no tiene por objeto la permanencia ni el control de la inversión ya que se concentra en inversiones de portafolio tales como, acciones o bonos y, en general, se canaliza mediante vehículos de inversión, ya sean un fondo de capital privado o a través de un patrimonio autónomo.

Bajo este panorama, un inversionista extranjero no residente en el país, que requiera invertir directamente en una empresa colombiana, debe canalizar su inversión y los ingresos de las divisas provenientes del extranjero a través del Banco de la República de Colombia, de conformidad con el Decreto Único 1068 de 2015, modificado por el Decreto 119 de 2017 y la circular reglamentaria DCIN 83. El registro de las inversiones directas se hace mediante el diligenciamiento de los “formularios cambiarios” del Banco de la República de Colombia. los cuales tienen como propósito informar a la autoridad cambiaria de Colombia sobre las particularidades de la inversión que se realizará. El registro de la inversión extranjera otorga el beneficio de reinvertir las utilidades derivadas de la inversión directa y el posterior derecho a remitir al exterior las utilidades netas que generen en cada ejercicio, provenientes de las inversiones.

Como se anunció, otro aspecto importante al momento de asesorar a las inversiones de capital extranjero es el relacionado con las consecuencias tributarias a las cuales se verá sometida la inversión extranjera. De manera puramente enunciativa, una inversión directa en nuestro país está sometida a los siguientes impuestos:

Los impuestos mencionados, tienen un impacto directo en la planeación y ejecución de las inversiones directas en el país, pues resultan ser un elemento determinante para que un inversionista extranjero tome la decisión de invertir en Colombia. En este sentido, el impacto de los tributos antes enunciados en la inversión extranjera es el siguiente:

1).El impuesto a la renta: recae sobre los ingresos ordinarios y extraordinarios que perciban los contribuyentes en el periodo gravable, susceptibles de incrementar su patrimonio. Las compañías nacionales están sujetas al pago del impuesto sobre sus ingresos de fuente nacional y extranjera. Por su lado, las sociedades extranjeras solamente están sujetas al pago del impuesto respecto de sus ingresos de fuente nacional. La tarifa para el año 2018 es del 33%. 2). Impuesto a las ganacias ocasionales: Este impuesto grava los ingresos que se obtienen en ciertas operaciones definidas expresamente por la Ley, tales como: (a) La utilidad en la enajenación de activos fijos poseídos por dos años o más; (b) La utilidad originada en la liquidación de sociedades, entre otras. La tarifa es del 10% 3). Impuesto a los dividendos: es la carga impositiva que deben pagar las sociedades y personas naturales sobre el pago que reciben por ser accionista de una empresa, como rendimiento de su inversión. Las tarifas varían teniendo en cuenta si la sociedad o persona natural es residente o no en Colombia. 4) Retención en la fuente: Es un sistema de recaudo anticipado del impuesto sobre la renta y complementarios, que consiste en restar de los pagos o en abonos en cuenta un porcentaje determinado por la Ley, a cargo de los contribuyentes de dichos pagos o abonos en cuenta. 5). El gravamen a los movimientos financieros: Es un impuesto indirecto que grava las transacciones financieras. La tarifa es del 4 x 1000.

Como se puede apreciar son muchos los impuestos que se generan al momento de realizar una inversión extranjera, sin embargo, la Ley Colombiana contempla vehículos tributarios eficientes que permiten a los inversionistas lograr eficiencias que sumen a los atractivos del país, si las inversiones se canalizar a través de: fondos de capital privado y/o patrimonios autónomos.

Ambas figuras están cobijadas bajo el principio de la transparencia tributaria. Este principio se encuentra claramente consagrado en el numeral 2 del artículo 102 del Estatuto tributario, modificado por el artículo 59 de la Ley 1819 de 2016. la DIAN ha sostenido que: “El principio de transparencia fiscal en relación con el contrato de fiducia mercantil, en el entendido que la fiducia cumple una función meramente instrumental de administración y que por ello frente a la legislación tributaria —en materia del impuesto sobre la renta—, prevalece el principio de la realidad económica sobre las formas jurídicas utilizadas en el negocio. En efecto, esta disposición legal, señala que “las utilidades o pérdidas obtenidas en los fideicomisos deberán ser incluidas en las declaraciones de renta de los beneficiarios, en el mismo año gravable en que se causan a favor o en contra del patrimonio autónomo, conservando el carácter de gravables o no gravables, deducibles o no deducibles, y el mismo concepto y condiciones tributarias que tendrían si fueren percibidas directamente por el beneficiar”.

Las ventajas derivadas de la planeación de las inversiones mediante los vehículos arriba mencionados beneficiarios de los efectos del principio de transparencia fiscal son muchas y, a continuación, se enuncian solo las más relevantes:

Vistas las principales consecuencias tributarias de una inversión en Colombia, y analizados los vehículos eficientes para realizar dichas inversiones, se puede afirmar que las ventajas en materia fiscal de los patrimonios autónomos y los fondos de capital privado, hacen de Colombia un país atractivo para la inversión extranjera en materia económica y en materia fiscal, ya que como se puede ver la legislación ofrece alternativas que se caracterizan por ser eficientes y estratégicas a nivel financiero y operativo.

En este orden de ideas, el panorama legal colombiano, desde el punto de vista cambiario y tributario, plantea grandes beneficios para los inversionistas extranjeros, primero, reconociéndoles un canal cambiario adecuado y ágil que garantiza el derecho a percibir las utilidades de las inversiones en el exterior; y, en segundo lugar, brindando a los inversionistas vehículos de inversión eficientes que permiten maximizar las oportunidades de inversión que de manera natural se localizan en nuestro país

Bibliografía

  • http://www.inviertaencolombia.com.co/publicaciones/fondos-de-capital-privado.html

  • http://www.banrep.gov.co/docum/Lectura_finanzas/pdf/reg-inv-internal-2017.pdf

  • http://www.banrep.gov.co/sites/default/files/publicaciones/archivos/informe-gerente-2018-septiembre.pdf

  • https://www.asuntoslegales.com.co/actualidad/el-abc-del-regimen-cambiario-en-colombia-2034465

  • http://isefi.es/diferencias-entre-inversion-directa-e-inversion-indirecta/

  • https://es.investinbogota.org/sites/default/files/2017-11/inversion_extranjera_en_colombia.pdf

  • https://www.asuntoslegales.com.co/consultorio/retenciones-en-la-fuente-en-pagos-a-patrimonios-autonomos-2606260

[1] https://www.dinero.com/pais/articulo/inversion-extranjera-en-colombia-vuelve-a-disminuir/259321

[2] http://www.banrep.gov.co/es/inversion-directa

[3] http://www.banrep.gov.co/docum/Lectura_finanzas/pdf/reg-inv-internal-2017.pdf


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